Decisión Administrativa 795/2014

Fecha de publicación30 Septiembre 2014
Fecha de disposición19 Septiembre 2014
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta32979



MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decisión Administrativa 795/2014

Licitación Pública Nº 11/2014. Adjudicación.

Bs. As., 19/9/2014

VISTO el Expediente Nº 7907/2014 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001, los Decretos Nros. 1344 del 4 de octubre de 2007 y 893 del 7 de junio de 2012, ambos modificados por su similar Nº 1039 del 29 de julio de 2013, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros. 175 del 12 de marzo de 2013 y 331 del 16 de mayo de 2014, la Resolución de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION Nº 122 del 6 de septiembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el VISTO tramita la Licitación Pública Nº 11/2014 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, autorizada por la Resolución M.S. Nº 331/14, con el objeto de adquirir TREINTA (30) furgones de intervención rápida destinados a la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA.

Que en el Acto de Apertura de Ofertas realizado el día 26 de junio de 2014, se constató la presentación de UNA (1) Oferta perteneciente a la firma IVECAM SOCIEDAD ANONIMA.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION informó los Valores de Referencia para la Licitación de que se trata.

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas, en función de los análisis técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación Nº 34 del 29 de julio de 2014, recomendando adjudicar a la firma IVECAM SOCIEDAD ANONIMA los renglones Nros. 1, 2 y 3 de la Licitación Pública Nº 11/2014 del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que el referido Dictamen ha sido notificado mediante el envío de correo electrónico a la citada firma Oferente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Anexo del Decreto Nº 893/12 y su modificatorio, no recibiéndose impugnaciones.

Que la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 35, inciso b), y su Anexo, del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto Nº 1344/07, y el artículo 14, inciso c), del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto Nº 893/2012, ambos modificados por su similar Nº 1039/2013.

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