La adaptación de la legislación aeronáutica ante el desarrollo tecnológico de los RPAS

AutorCarlos María Vassallo
CargoAbogado, Maestrando en Ciencias de la Legislación, Profesor de Grado a cargo de la cátedra de Derecho Aeronáutico en la Universidad del Salvador, de Postgrado en el Instituto Nacional de Derecho aeronáutico y Espacial INDAE, y el Postgrado Universidad Católica Argentina, y profesor invitado en postgrado de la Universidad de Buenos Aires. ...
Páginas25-44
1
La adaptación de la legislación aeronáutica ante el desarrollo tecnológico de
los RPAS.
The adaptation of the aviation legislation to the technological development of
RPAS.
Carlos María Vassallo1
Resumen
Este capítulo tiene por objeto dar una visión introductoria a la nueva forma de
aviación tripulada a distancia, los esfuerzos normativos a nivel internacional
patrocinado por la Organización de Aviación Civil Internacional en sus Anexos 2, 7
y 13 para uniformar las normativas nacionales.
Abstrac
This chapter aims to provide an introductory overview to the new form of remote
unmanned aviation, regulatory efforts internationally sponsored by the International
Civil Aviation Organization in Annexes 2, 7 and 13 to uniform national regulations.
Palabras Claves
RPA, RPAs, UAS, VANT, VANTs, ANAC 527/2015, enmienda 43, enmienda 6,
enmienda 14, Anexos OACI, Riga, Circular 328.
1 Abogado, Maestrando en Ciencias de la Legislación, Profesor de Grado a cargo de la cátedra de Derecho
Aeronáutico en la Universidad del Salvador, de Postgrado en el Instituto Nacional de Derecho aeronáutico y
Espacial INDAE, y el Postgrado Universidad Católica Argentina, y profesor invitado en postgrado de la
Universidad de Buenos Aires. Actualmente abogado consultor de Aerolíneas Argentinas SA, dirigió el área
contenciosa del Grupo Aerolíneas Argentinas y Austral Líneas Aéreas por 34 años hasta julio/2015, ex
Miembro del Comité legal de la Cámara Argentina de empresas aéreas que operan en Argentina JURCA.
Miembro Titular del INDAE 2014. Miembro del Consejo Directivo, y Corresponsal en argentina del Instituto
Iberoamericano de Derecho Aeronáutico, y Vicepresidente del Centro de Estudios de Derecho Aeronáutico y
Espacial CEDAE, Editor del sitio www.cedaeonline.com.ar, y autor de más de 50 publicaciones de la
especialidad.
2
Key words
RPA , RPAs , UAS , drones , UAVs , ANAC 527/2015 , Amendment 43 ,
Amendment 6, Amendment 14, ICAO Annexes , Riga, Circular 328 .
La cuestión terminológica. Primera evolución.
Los sistemas de aviones no tripulados (UAS) tienen una variedad de formas
y tamaños para servir a diversos propósitos, generalmente de trabajo aéreo.
Pueden tener una envergadura tan grande como un avión jet o menor que un
modelo de avión de radio control.
Los dos términos vigentes utilizados en las reglamentaciones jurídicas
proyectadas como existentes son: Sistemas Aéreos no Tripulados –UAS- y
Sistema de Aeronaves pilotadas en forma remota –RPAs-.
La OACI2
Según un estudio de la Asociación de Sistemas de Vehículos No Tripulados
Internacionales
considera al RPAS como un subconjunto de UAS. La distinción
radica en la capacidad de un piloto remoto, para gestionar activamente el vuelo en
tiempo real, al igual que lo hace el piloto de una aeronave tripulada, y que un tipo
de UAS como las aeronaves autónomas no tiene y por ello no está alcanzada por
la normativa que comentaremos infra.
3
Por su parte la Comisión Europea estima que en una década, la fabricación
de RPAS civiles acapare el 10% de la facturación del sector aeronáutico.
, que representa a más de 7.000 empresas relacionados con
RPAS en 60 países, se calcula que hasta la fecha, y sólo en Estado Unidos, se
habrían creado unos 70.000 puestos de trabajo vinculados a esta industria
emergente y, para dentro de diez años se crearán otros 100.000 más.
El desafío tecnológico y normativo es integrarse al sistema de aviación
existente de una manera segura y proporcionada. Esta integración ya está
fomentando una innovadora y competitiva industria, especialmente a nivel PYME.
Desde el punto de vista jurídico el marco regulador propuesto tanto en EUA
y UE fija como condición un nivel de seguridad y de protección ambiental
aceptable. El mayor desarrollo de RPAS y su integración en el espacio aéreo no
segregado hacen necesaria una cantidad significativa de investigación adicional.
2 OACI: Organización de Avia ción Civil Internacional
3AUVSI: Sistemas de Vehículos No Tripulados Internacionales.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR