Acordada Nº 22.993

EmisorSuprema Corte de Justicia
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2010

ACORDADA Nº 22.993

Mendoza, 13 de octubre de 2010

Visto: La Ley 7.855, que modifica el Código Procesal Civil (Arts. 21 y 70), posibilitando la notificación por vía electrónica de los actos procesales que deben comunicarse al domicilio legal, y

CONSIDERANDO:

Que a los efectos señalados, por Acordada Nº 21.149 se reglamentó la utilización de la notificación electrónica a través de documentos firmados digitalmente para aquellas notificaciones por cédulas que deban practicarse en el domicilio legal previstas en el Art. 68 del Código Procesal Civil, en la Primera Circunscripción Judicial.

Que a solicitud del Tercer Tribunal Tributario, por Acordada Nº 22.815 se implementó la notificación electrónica por un período de prueba de tres meses en forma paralela con la notificación por cédula en soporte papel.

Que según informe emitido por el Tribunal Tributario este sistema ha dado excelentes resultados, ha acelerando los procesos y no ha presentado ningún inconveniente, por lo que solicita se implemente en forma definitiva el sistema de notificación electrónica.

Por todo ello, en uso de las facultades que le confieren las Leyes 4969 y 7855, la Sala Tercera de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza,

RESUELVE:

  1. - Extender a partir del 01 de noviembre de 2.010 a los Tribunales Tributarios de la Primera Circunscripción Judicial la utilización de la notificación electrónica a través de documentos firmados digitalmente para aquellas notificaciones por cédulas que deban practicarse en el domicilio legal previstas en el Art. 68 del Código Procesal Civil, según lo establecido en la Ley 7.855 y Acordada Nº 21.149.

  2. - Este sistema de notificación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR