Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 3 de Diciembre de 2008, expediente 58.724

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2008

lo=To INCIDENTE DE EXCEPCIÓN DE FALTA DE ACCIÓN POR

EXISTENCIA DE EXCUSA ABSOLUTORIA RESPECTO DE LIANA

HAYDEE ALEMANY EN LA CAUSA NRO. 1201/02 "GIORDANO

ROBERTO S/INF. LEY 24.769."

(CAUSA N° 58.724-FOLIO 157-ORDEN N° 25.875) Juzgado Nacional en 10

Penal Económico N° 6, Secretaría N° 11; SALA "A".

gl Illnos Aires, ~ de diciembre de 2008.-

VISTOS:

Los recursos de apelación interpuestos por la señora fiscal de primera instancia y el representante de la Administración Federal de Ingresos PÚblicos,

por la parte querellante, contra la resolución del juez a qua que sobreseyó a L.H.A..

El informe del F. General en sustento del recurso interpuesto.

Y CONSIDERANDO:

Que lo resuelto se funda en que el hecho atribuido a la imputada se encontraría exento de responsabilidad criminal por haber obrado a favor de un pariente por consanguinidad, en tanto ese hecho sólo configuraría una ayuda posterior al delito en el que no participó.

Que el representante del Ministerio Público ante la Alzada afirma que las circunstancias comprobadas en el legajo indican una activa participación de L.H.A. de la que sería prueba el traslado diario a su domicilio de la documentación marginal. Esa circunstancia indicaría un comportamiento contemplado por los artículos 45 o 46 del Código Penal, al que no alcanza la exención del artículo 277, inciso 4°, del mencionado Código.

Que esa afirmación puede ser controvertida, tanto en la oportunidad en que un imputado debe ser escuchado por el juez (conf. artículo 299 del Código Procesal Penal de la Nación) como en ocasión de sustanciarse un eventual requerimiento de elevación ajuicio...

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