Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 2 de Febrero de 2023, expediente CAF 005280/2021/CA002

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

5280/2021

ABOT GLENZ, FLORENCIA c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH - LEY 24043 s/

AMPARO POR MORA

Buenos Aires, de febrero de 2023.- EF

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que en función de la naturaleza del proceso; del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia por el Dr. OSCAR MIRTO

    PEDROTTA, en su doble carácter de letrado apoderado y patrocinante de la parte actora, corresponde CONFIRMAR la regulación de honorarios de fecha 7 de noviembre de 2022, por haber sido apelada únicamente por considerarla alta (conf. arts. 16, 20 y 44 de la Ley Nº 27.423 y Acordada CSJN Nº 25/22).

  2. Que por la labor cumplida ante esta Alzada (cfr. resolución del 30 de agosto de 2022), se fijan los honorarios del aludido letrado en la cantidad de 1 UMA –equivalente a $10.400

    (pesos diez mil cuatrocientos)-; a cargo de la demandada (conf. arts. 16,

    20, 30 y 48 de la Ley Nº 27.423 y Acordada CSJN Nº 25/22).

  3. Que cabe dejar aclarado que, en los importes establecidos precedentemente, no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que la obligada respecto de dichos emolumentos, deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo juntamente con el monto del pago.

    ASI SE

    RESUELVE:

    .

    Regístrese, notifíquese y, oportunamente,

    devuélvase.

    G.F.T.J.F.A.P.G.F.F. de firma: 02/02/2023

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.L.P., PROSECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

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