Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE JURISPRUDENCIA, 5 de Septiembre de 2018, expediente FPA 005725/2017/CA001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE JURISPRUDENCIA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 5725/2017/CA1 raná, 05 de septiembre de 2018.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “ABALOS, M.E. CONTRA ANSES SOBRE ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD”, E.. N° FPA 5725/2017/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Paraná, y; CONSIDERANDO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte demandada a fs. 39/42, contra la resolución de fs. 28/31 vta. que hace lugar a la demanda y declara la inconstitucionalidad para el caso concreto del art. 4º de la Resolución Nº 884/06, dispone que la accionada deberá acordar el beneficio jubilatorio a la parte actora en los términos de ley, impone las costas a la demandada vencida, difiere la regulación de honorarios y tiene presente la reserva del caso federal.

El recurso se concede a fs. 43, contesta agravios la parte actora a fs. 44 y vta. y quedan estos autos en estado de resolver a fs. 47 vta.

II-

  1. Que agravia a la demandada la imposición de las costas a su parte y solicita la distribución en el orden causado conforme el art. 21 de la ley 24463.

    En relación al fondo de la cuestión debatida, refiere a la política de inclusión fijada y plantea que la Resolución 884/06 de ANSES procura priorizar el otorgamiento de los beneficios a aquellos adultos mayores Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 07/09/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado por: N.B.S., Secretaria de Cámara #29807896#214935242#20180907082920212 que no cotizaron en tiempo y forma al sistema, lo que nada tiene de inconstitucional.

    Agrega que tanto el PEN con el dictado del decreto 1451/06, como la ANSES con el de la resolución 884/06, actuaron dentro de las órbitas de sus respectivas facultades y en cumplimiento de sus obligaciones.

    Hace reserva del caso federal.

  2. Que, contesta agravios la parte actora solicitando se confirme la sentencia de primera instancia.

    III- Que la actora deduce demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución de ANSES 884/06 y demás normas complementarias, y que se ordene el pago de sus haberes.

    Explica que solicitó el beneficio de jubilación ordinaria conforme lo previsto en la ley 24476, el cual le fue otorgado pero suspendido y el pago supeditado a la cancelación total de la moratoria, por...

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