Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL, 18 de Julio de 2022, expediente CFP 002131/2022/1/SE001

Fecha de Resolución18 de Julio de 2022
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL

CFP 2131/2022/1/SE1

Buenos Aires, 18 de julio de 2022.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en estas actuaciones incoadas en la causa CFP 2131/2022 del registro del Juzgado Federal N° 5, la cuestión planteada entre éste y su par N° 12.

Y CONSIDERANDO:

I- Que una vez desinsaculado el Juzgado Federal N° 5

para entender en esta causa, -iniciada por denuncia de la empresa Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado-, su titular la remitió al Juzgado N° 12 del fuero. Ello por cuanto, en su momento, dicha sede había intervenido en los hechos aquí denunciados cuando se hallaba de turno con las fuerzas de seguridad.

Recibidos los autos en el Juzgado Federal N°12, el juez a cargo rechazó tal criterio en tanto sostuvo que,

oportunamente, se ordenó la realización de un expediente de constancia y no se labraron actuaciones sumariales. Entendió así,

que el origen de este expediente se debía a la denuncia efectuada ante la Cámara del fuero. Por tal motivo, devolvió las actuaciones.

La Dra. C. mantuvo su criterio y trabó

contienda.

II- De la lectura de las constancias que aquí se acompañan y analizada la norma reglamentaria se advierte que, los hechos que dieron origen a estos actuados motivaron el desplazamiento de personal policial –en los términos del art. 183 y cctes. del Código Procesal Penal de la Nación- ante una situación Fecha de firma: 18/07/2022

Firmado por: S.M.E., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: M.L., PRESIDENTE

que se advirtió en las vías del Ferrocarril Belgrano Sur, con...

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