Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL, 21 de Mayo de 2020, expediente CFP 002416/2020/1/SE001

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL

CFP 2416/2020/1/SE1

Buenos Aires, 21 de mayo de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente legajo incoado en el marco de la causa CFP 2416/20, la cuestión de competencia suscitada entre los Juzgados N° 3 y 2 del fuero;

Y CONSIDERANDO:

  1. -Que el Titular de Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 remitió las presentes actuaciones a conocimiento del Juzgado Federal N° 2 por conexidad con los autos CFP 2357/20 caratulados “N.N. s/coacción (art.149 bis)

    y extorsión. Dte.: S.M.I., del registro de esa judicatura,

    por entender que “…guardan directa relación con aquélla…”.

    Dicha postura fue rechazada por el Dr. Ramos que reintegró el expediente a su par, D.R. quien mantuvo su tesitura y trabó la contienda negativa de competencia que nos ocupa.

  2. -Puesto a resolver la cuestión suscitada,

    corresponde señalar que los hechos denunciados en uno y otro caso reconocen un mismo contexto, circunstancia ésta que permite avizorar la existencia de prueba común y la conveniencia de su trámite conjunto. Asimismo ambos actuados se encuentran en idéntico estadio investigativo y las presentaciones que les dieron origen se efectuaron en fechas cercanas entre sí, lo que indica que la sede que primero conoció en los hechos será la que quedará a cargo de la pesquisa.

    En tal sentido con la finalidad de proveer a una mejor y más eficaz administración de justicia (artículo 2, inciso 4to. del C.P.P.N.), corresponde que sea el Juzgado Nacional...

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