Sentencia nº 227486 de Tribunal del Trabajo Sala I de Provincia de Jujuy, de 9 de Agosto de 2017

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2017
EmisorTribunal del Trabajo Sala I

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VISTO: este expte. B-227486/10 caratulado: “Demanda laboral: LEIVA, F.M. c/ PREVENCION ART S.A.; M., P.; FORESTAL NORTEÑA S.A. Y OTROS”, y

CONSIDERANDO:

Que se presentan las partes junto a sus apoderados y previo a dar inicio a la audiencia de vista de la causa dan cuenta al Tribunal del acuerdo transaccional al que arribaron el que se encuentra agregado a fs. 645 y por el cual ponen fin a las cuestiones debatidas en la presente causa.-

Que dicho acuerdo se encuentra ratificado en sede judicial por el trabajador ante el actuario, con lo que cumplidos los recaudos de ley (art. 277 L.C.T.) y representando el mismo una justa composición de intereses, nada obsta a la homologación del aludido acuerdo.

Por ello el Tribunal del Trabajo, Sala I - de la provincia de Jujuy,

RESUELVE:

  1. Homologar en todas sus partes y en cuanto por derecho hubiere lugar el convenio arribado a fs. 645, sin perjuicio de terceros (Arts. 13 último párrafo del C.P.T. y 15 de la L.C.T.).-

  2. Regular los honorarios profesionales de los Dres. M.A.C.M. y C.J.A. en la suma de Pesos nueve mil ($ 9.000.-) para cada uno de los letrados, por aplicación de lo dispuesto en los Arts. 4,6,10 y cctes. de la ley 1687 a cargo del co-demandado Sr. P.H.B.M., con mas IVA si correspondiere.-

  3. Regular los honorarios del Dr. E.E.U. en la suma de Pesos seis mil ($ 6.000.-) de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 4,6,10 y cctes. de la ley 1687 a cargo de la co-demandada Forestal Norteña S.A., con mas IVA si correspondiere.-

  4. Regular los honorarios de los peritos intervinientes C.P.N. S.C.I. y T.. P.B.R. en la suma de Pesos tres mil ($ 3.000.-) para cada una de ellas (Art. 200 LOPJ y Ac.14/86) a cargo de las demandadas, con mas IVA si correspondiere.-

  5. Disponer la...

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