Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Marzo de 2009, A. 49. XXXIX

Fecha17 Marzo 2009
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 49. XXXIX.

    ORIGINARIO

    Asociación de Trabajadores del Estado c/ Misiones, provincia de s/ cobro de cuota sindical.

    Buenos Aires, 17 de marzo de 2009 Autos y Vistos:

    En atención a lo solicitado, teniendo en cuenta la tarea cumplida en la ejecución promovida a fs. 434, y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d; 7°, 9°, 40 y concs. de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432, se regulan los honorarios del doctor H.D.M. en la suma de mil trescientos pesos ($ 1.300) y los del doctor M.C., en la de un mil cien pesos ($ 1.100). N.. R.L.L. (en disidencia)- ELENA I. HIGHTON de NOLASCO (en disidencia)- CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M.

    ARGIBAY.

    DISI

  2. 49. XXXIX.

    ORIGINARIO

    Asociación de Trabajadores del Estado c/ Misiones, provincia de s/ cobro de cuota sindical.

    DENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON R.L.L.A. y Vistos:

    Que el suscripto se remite al criterio expuesto en la causa S.457.XXXIV ASerenar S.A. c/ Buenos Aires, provincia de s/ daños y perjuicios@, sentencia del 24 de mayo de 2005 (Fallos: 328:1730), acerca de que los intereses integran la base regulatoria en los supuestos en los que prospera la demanda, lo que así se resuelve. N.. R.L. LO- RENZETTI.

    DISI

  3. 49. XXXIX.

    ORIGINARIO

    Asociación de Trabajadores del Estado c/ Misiones, provincia de s/ cobro de cuota sindical.

    DENCIA DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DOCTORA DOÑA ELENA I.

    HIGHTON de NOLASCO Autos y Vistos:

    Que en supuestos como el de autos en los que prospera la demanda, los intereses integran la base regulatoria, desde que la misma debe guardar la proporción necesaria con los valores en juego, pues de lo contrario no se demuestra la realidad económica del litigio, ni se la pondera debidamente al practicar la respectiva regulación. N.. ELENA I.

    HIGHTON de NOLASCO.

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