Disposición Nº 352/GCABA/DGSPR/14
Firmantes | Cocca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 10 de Octubre de 2014 |
VISTO:
La ley N° 1913 (B.O N° 2363) y N° 4808 (B.O N° 4306); los Decretos N° 446-
GCBA/2006 (B.O N° 2436), y N° 394-GCABA/2013 (B.O N° 4248) y las Disposiciones
N° 273-DGSPR/2010 y N° 280-DGSPR/2012, y la Carpeta N° 37-DGSPR/2010, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa AKROPOLIS SEGURIDAD S.R.L, con domicilio real en la calle
Mariano Acha N° 3848, Planta Baja, Munro, Provincia de Buenos Aires, y constituido
en la calle Arenales N° 961, Piso 1° Departamento "A" de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad
privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N°
273-DGSPR/2010;
Que el plazo de su última habilitación venció en fecha 30/09/2014 y el interesado
solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 determinados
en su Artículo 3° sin autorización al uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b) y c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 9° Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley N° 1913 y reglamentación
aprobada por los Decretos N° 446-GCBA/2006 y N°394-GCABA/2013;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Juan Carlos
Cellanes D.N.I N° 11.120.506.
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que el solicitante reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1913 y
por sus Decretos reglamentarios N° 446-GCBA/2006 y N°394-GCABA/2013 para
concederle la renovación de su habilitación, como prestador de servicios de seguridad
privada, en forma exclusiva y personal con autorización para contratar personal, en las
categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un
nuevo período;
Que asimismo el peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I, Artículo
167...
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