Resolución Nº 669/GCABA/MDEGC/14

FirmantesCabrera
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Desarrollo Económico
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2014

VISTO:

Las Leyes Nros. 238 y 4.013, el Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, la Disposición

N° 50/DGAB/14, el Expediente N° 2.628.335/12, el Expediente Electrónico N°

7.055.528/DGAB/14, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° 2.628.335/12 y Expediente Electrónico N° 7.055.528/DGAB/14

tramita la expropiación del inmueble sito en la Av. de los Constituyentes N°

4.796/4.798 (Nomenclatura Catastral: C. 16, S. 73, M 87, P. 1, inscripto en la zona

Norte T° 830 F° 375 Finca 141432) que fue declarado de utilidad pública en virtud de

la Ordenanza N° 44.095/89;

Que de conformidad con los términos de la referida Ordenanza, el citado inmueble se

encuentra afectado parcialmente al ensanche de la Av. de los Constituyentes;

Que los propietarios del inmueble y sus cónyuges, mediante presentación efectuada

ante la Dirección General Administración de Bienes el 2 de julio de 2014, solicitaron la

expropiación total de su propiedad con fundamento en lo establecido por el artículo 6

de la Ley N° 238;

Que el artículo 6 de la Ley N° 238 en su parte pertinente establece que "todo bien

inmueble susceptible de ser expropiado puede serlo en forma parcial, quedando a

favor del propietario/a el derecho de exigir la expropiación total siempre que la parte

que quedase bajo su dominio no permitiera la continuidad del uso previo a la

expropiación. En los inmuebles se consideran sobrantes inadecuados los que por

causa de la expropiación queden con frente, fondo o superficie inferiores a lo

autorizado para edificar por las Leyes";

Que por el Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinanado para

la Dirección General Administración de Bienes, entre otras, la facultad de: "Intervenir

en carácter de órgano expropiante, en los términos de la Ley N° 238, en los

procedimientos administrativos de expropiaciones de bienes inmuebles declarados de

utilidad pública, cuando la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no

designe órgano alguno.";

Que en tal sentido, la Dirección General Administración de Bienes dictó la Disposición

N° 50/DGAB/14, por la cual se dispuso la expropiación total del inmueble referido, en

virtud de lo establecido por el artículo 6 de la Ley N° 238;

Que al respecto, la Ley de Ministerios del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR