Disposición Nº 955/GCABA/DGET /14

FirmantesNardi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición20 de Agosto de 2014

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, los Decretos N° 1.352/02 y N° 222/12, la Resolución N°

873- SSMAMB/04 y sus modificatorias, la Resolución N° 254-MMAGC/07, la

Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2014-2.097.391-

MGEYA-DGET, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "(ClaNAE 502.99) Mantenimiento y reparación del motor n.c.p., mecánica

integral (502.613). (ClaNAE 502.60) Reparación y pintura de carrocería (503.113).

(ClaNAE 502.22) Reparación de amortiguadores, alineación de dirección y balanceo

de ruedas (503.165). (ClaNAE 502.50) Reparaciones eléctricas, del tablero e

instrumental, reparación y recarga de baterías (503.450). (603.325) Comercio

minorista de repuestos y accesorios para automotores", a desarrollarse en Avenida

José María Moreno N° 985/989, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de

485 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 6, Sección: 40, Manzana: 63,

Parcela: 23, Distrito de Zonificación: RUA;

Que en el Informe N° IF-2014-07585218-DGET, de fecha 24 de junio de 2.014, la

Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera

a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que por Informe N° IF-2014-03811101-DGET, de fecha 26 de marzo de 2.014 el ex

Departamento de Contaminación Acústica de esta Dirección General, manifiesta que

la actividad "Reparación y pintura de carrocerías; colocación y reparación de

guardabarros y protecciones exteriores" se encuentra catalogada en el Anexo IX del

Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le corresponde la inscripción

del titular de la misma en el Registro de actividades catalogadas (RAC),

estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 1.352/02;

Que de acuerdo al artículo 7° del Decreto N° 222/12...

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