Resolución Nº 87/GCABA/ENTUR/14

FirmantesDe Andreis
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Ente de Turismo Ley 2627
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2014

VISTO:

Las leyes N° 2.627 y 4.685, el Decreto N° 224/2013, y el Expediente N° 11.322.569-

DGTALET/2014, y;

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.627 y su modificatoria, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de

Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 224/13, integrado por la Resolución N° 1619-MHGC/13, se aprobó

el trámite para la contratación bajo el régimen contratación de locación de obras y

servicios;

Que por el Expediente N° 11.322.569-DGTALET/2014, tramita la contratación de la

Srita. Lucila Daphne Duhalde, DNI 36.138.464 CUIT 23-36138464-4 para prestar

servicios en el Ente de Turismo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que habiendo tomado debida intervención la Gerencia Operativa de Coordinación

Administrativa, mediante Informe N° IF 11.426.494-ENTUR/2014, manifiesta que el

citado expediente encuadra en los términos del Decreto N° 224/13, habiéndose

verificado la inexistencia de incompatibilidades para proceder a la contratación de la

forma aquí propuesta;

Que ha tomado debida intervención en el ámbito de su competencia la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal, mediante la emisión del Dictámen N° IF

11.873.808-DGTALET/2014

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 2.627 y su modificatoria:

EL PRESIDENTE

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1° Autorízase la contratación bajo la figura de Contrato de Locación de

Servicios en el modo y forma que se detalla en el Anexo I adjunto, que forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2° Delégase en el Director General de la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ente de Turismo, la suscripción del contrato aludido en el

artículo 1°
Artículo 3° Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes

mensuales en una Orden de Pago.

Artículo 4° Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de

ahorro del Banco de la Ciudad...

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