Disposición Nº 166/GCABA/DGTALMAEP/14

FirmantesPazos Verni
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Técnica Administrativa y Legal
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2014

VISTO:

La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°

2095, su Modificatoria la Ley N° 4764, su Decreto Reglamentario N° 95/14, la

Disposición N° 157- DGTALMAEP/2014, el Expediente Electrónico N° 8990565-

DGTALMAEP/14, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 8811-0608-LPU14

para la "Adquisición de Maquinarias para Planta Asfáltica" con destino al Ente de

Mantenimiento Urbano Integral, dependiente de este Ministerio;

Que mediante Disposición N° 157-DGTALMAEP/2014 se aprobó el Pliego de Bases y

Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas como así también

se llamó a Licitación Pública N° 8503-0608-LPU14 para el día 20 de Agosto del

corriente a las 12:00 horas;

Que dicha Disposición adolece de un error material involuntario en su Artículo 2° al

consignar el número correspondiente a la Licitación Pública;

Que sobre el particular, el artículo 120° de la Ley de Procedimientos Administrativos

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que "En cualquier momento podrán

rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre

que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión";

Que debe tenerse presente que el efecto que produce es retroactivo, es decir, que el

acto surgió desde su nacimiento sin errores;

Que entre los supuestos en que la Doctrina admite la retroactividad podemos citar al

Dr. Tomás Hutchinson al expresar que "Los actos que corrigen errores materiales

tienen efecto retroactivo pues no crean una situación jurídica nueva sino que

reconocen la preexistencia de una situación determinada formando así una unidad el

acto rectificatorio con el rectificado". (Procedimiento Administrativo de la Ciudad de

Buenos Aires, Comentario exegético del Decreto N° 1510/1997, Jurisprudencia

aplicable ED. Astrea s. As. 2003, pág. 106);

Que en atención a lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto

administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 95/14,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DISPONE

Artículo 1° Rectificase el Artículo 2° de la Disposición N° 157-DGTALMAEP/2014,...

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