Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Octubre de 2008, F. 419. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 419. XLIV.

RECURSO DE HECHO

F.M., M.E. c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro en Liquidación s/ despido.

Buenos Aires, 21 de octubre de 2008 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional en la causa F.M., M.E. c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro en Liquidación s/ despido", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con el requisito previsto en el art. 7°, inc. c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima la queja y se da por perdido el depósito a realizar (fs. 27/29). N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho deducido por la Caja Nacional de Ahorro y Seguro en Liquidación, con la representación letrada de la Dra. G.L.B..

Tribunal de origen: Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunal interviniente con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n° 44.

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