Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Septiembre de 2008, P. 1887. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 1887. XLII.

RECURSO DE HECHO

Profesión + Auge Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones S.A. c/ Estado Nacional - Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos - Administración Federal de Ingresos Públicos.

Buenos Aires, 16 de septiembre de 2008.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por el Fisco Nacional en la causa Profesión + Auge Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones S.A. c/ Estado Nacional - Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos - Administración Federal de Ingresos Públicos@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 62. H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por el Fisco Nacional, representado por la Dra. A.C.M., con el patrocinio letrado del Dr. M.A.E.S.C..

Tribunal de origen: Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 7.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR