Resolución Nº 344/GCABA/MMGC/14

FirmantesReybaud - Ibarra
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Modernización
Fecha de la disposición19 de Junio de 2014

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2014, Año de las letras argentinas

VISTO:

El E.E. N° 6486952/2013 (DGAYDRH), y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3, del Decreto N° 456/1996, se creó el sistema de atención

periférica, denominado Médico de Cabecera incorporando a los profesionales médicos

que pertenecen a la Carrera Profesional de la Salud, para realizar tareas

complementarias de asistencia a pacientes derivados por los establecimientos

asistenciales en cuestión, en el Área Programática de los mismos;

Que según surge de los presentes actuados, la Dra. Susana Petunchi, D.N.I.

10.838.353, CUIL. 23-10838353-4, legajo personal 301.507, presentó su renuncia a

partir del 10 de diciembre de 2012, como Médico de Cabecera en la especialidad

"Pediatría", del Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de

Salud;

Que por otra parte, la Dirección General Región Sanitaria III, del precitado Ministerio,

solicita se le asigne la función de "Médico de Cabecera", en la especialidad "Pediatría",

prestando servicios en el Centro Médico Barrial N° 39 "Villa Soldati", sito en la Avenida

N° 3395, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dra. Alicia Lidia Ruscio, D.N.I.

13.699.266, CUIL. 27-13699266-5, legajo personal 304.463, Médica de Planta de

Hospital Adjunto (Pediatría), titular, con 30 horas semanales, del citado Hospital;

Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo conforme lo dispuesto en

los Decretos Nros. 456/1996 y 2132/2000, la Resolución N° 399/SS/1996, la

Disposición N° 001/DGPyGD/1999 y lo determinado por la Resolución N°

375/SSySHyF/2006 y modificatorias.

Que es de hacer notar, que la Dirección General de Planeamiento y Control de

Gestión, del Ministerio de Modernización, ha tomado la debida intervención en lo que

respecta a su competencia.

Que en consecuencia, corresponde el dictado de la norma legal pertinente.

Por ello, conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el

Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN

RESUELVEN

Artículo 1 Acéptase a partir del 10 de diciembre de 2012, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR