Decreto N° 2132/00

FirmantesIbarra-Buchbinder-Pesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2000

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2132/ 00

CREA EL PROGRAMA DE CENTROS MÉDICOS BARRIALES, DESTINADO A LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL GRUPO FAMILIAR, DENTRO DEL MARCO DEL PLAN MÉDICOS DE CABECERA.

Buenos Aires, 29/11/2000

Visto el Expte. N° 58.227/2000, y lo dispuesto en la Ley N° 153 (BOCBA N° 703), los Decretos N° 456/96, 3.266/98, Resoluciones N° 399-SS-96 y N° 80-SS-98 y la Disposición N° 114-DGPyED-99, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Básica de Salud de la Ciudad de Buenos Aires (Ley N° 153 de fecha 28-5-99), establece en su art. 1° como objetivo primordial, el de garantizar el derecho a la salud integral, contemplando entre otros principios básicos la cobertura universal de la población y el acceso y la utilización equitativos de los servicios, a fin de evitar y compensar las desigualdades sociales y zonales, adecuando las respuestas sanitarias a las diversas necesidades;

Que, mediante Decreto N° 456-96 (BOCBA N° 90), se crea el Plan Médicos de Cabecera, destinado a brindar atención médica desconcentrada en el primer nivel de prestación, a aquellos habitantes de la Ciudad de Buenos Aires que no posean otra cobertura de salud;

Que, dicho sistema permite la atención de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del radio de su domicilio, por médicos que atienden en sus respectivos consultorios, brindando asistencia personalizada;

Que, por Disposición N° 114-DGPyED-99 se aprobó el perfil del Médico de Cabecera en las especialidades Clínica, Pediatría y Tocoginecología;

Que, los procesos de pauperización de la población han dado lugar, en los centros urbanos, a una gran heterogeneidad de los sectores más pobres, y que es responsabilidad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos contemplar una combinación de estrategias de manera de optimizar los recursos para brindar atención a aquellos grupos de riesgo aumentado y baja visibilidad;

Que, la Secretaría de Salud tiene como finalidad prioritaria la disminución de la morbimortalidad maternoinfantil y, por ende, la atención integral de la familia, en especial de la mujer y el niño, a través de los profesionales más calificados;

Que, en consecuencia y a los efectos de lograr un abordaje integral de los grupos familiares más necesitados, resulta necesario contar con centros que nucleen a profesionales de distintas especialidades, ubicados en áreas estratégicas;

Que, en este sentido resulta conveniente ampliar el marco...

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