Resolución Nº 77/GCABA/SSDHPC/14
Firmantes | Avruj |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural |
Fecha de la disposición | 28 de Abril de 2014 |
VISTO:
Las Leyes N° 1.075 y sus modificatorias y concordantes, el Decreto N° 90-GCABA/04,
el Expediente Electrónico N°3746114-MGEYA-DGAYAV-2013 y las Resoluciones 73-
SSDH-11 y 58- SSDHPC-2014 del Registro de la Subsecretaría de Derechos
Humanos y Pluralismo Cultural dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente señalado en el Visto, tramita la solicitud de otorgamiento de
subsidio presentada por el señor (Sr.) Dalmedo Eduardo Norberto, Documento
Nacional de Identidad (D.N.I.) N° 11.956.457, quien requiere su incorporación al
Registro de Ex Combatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias,
Sándwich e Islas del Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires y el otorgamiento del
Diploma previsto en el artículo 12° de la Ley N° 1.075;
Que por la Resolución N° 58-SSDHPC/14 se denegó tal solicitud ello basado en el
hecho de que el Sr. Dalmedo ha efectuado su presentación en forma extemporánea
atento lo normado por la Clausula Transitoria Segunda incorporada a la Ley 1075 por
el por artículo 6° de la Ley N° 3.592 estableciendo el día 1° de Julio de 2011 como
plazo máximo para acogerse a los beneficios de esta última;
Que contra esa Resolución, el requirente planteo en legal tiempo, recurso de
reconsideración con jerárquico en subsidio en subsidio, el que motiva la presente;
Que el requirente no aporto elementos suficientes que permitan modificar la postura ya
asumida;
Que por ello, debe desestimarse el recurso interpuesto, confirmando en un todo la
Resolución N° 58- SSDHPC/14;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tenido la
debida intervención según la competencia establecida en la Ley N° 1.218 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Que la presente se firma en virtud de lo establecido en el artículo 2° del decreto
reglamentario N° 90- GCABA/04.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
interpuesto por el Sr. Eduardo Norberto Dalmedo, D.N.I. N° 11.956.457 contra la
Resolución N° 58/SSDHPC/14 y en consecuencia confírmasela.
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