Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Agosto de 2013, Z. 9. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha06 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Z. 9. XLIX.

RECURSOS DE HECHO Z., J.C. y otros el Edesur S.A. y otro si proceso de conocimiento. Buenos Aires, r;; ek ~ c:1.L 2043 Vistos los autos:

M. de hecho deducido por la actora en la causa Z., J.C. y otros c/ Edesur S.A. y otro s/ proceso de conocimiento", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con el requisito previsto en el arto 7°, inc. c del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima la queja.

H. saber y, oportunamente, archivese.

ELENA\. HIGHTON de NOIJ\SCO JUAN CARLOS MAQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por los actores, representados y patrocinados por los Ores. A.B.C. y S.F.M.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, S.I.. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal n° 11.

D.O.

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