Resolución Nº 989/2013

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición13 de Agosto de 2013



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 989/2013Registro Nº 835/2013

Bs. As., 13/8/2013

VISTO el Expediente Nº 1.534.866/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma FITE SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL celebra un acuerdo directo con el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VIDRIO Y AFINES, obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.534.866 y solicitan su homologación.

Que a foja 3 obra la nómina del personal afectado.

Que a foja 16 obra la presentación de las partes cumplimentando lo requerido oportunamente.

Que mediante el acuerdo se conviene una reducción en la jornada laboral de los trabajadores afectados, conforme surge de los términos y condiciones allí establecidas.

Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la Ley Nº 24.013 y el Decreto Nº 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.

Que el acuerdo y la nómina de trabajadores afectados fueron ratificados por las partes a fojas 13, 35, 28 y 41.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley Nº 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en...

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