Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Septiembre de 2013, S. 856. XXXIX

Sentido del falloREGULA HONORARIOS -
Fecha17 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 856. XXXIX.

ORIGINARIO

S.L., Provincia de y otra el Consejo Vial Federal y otra si acción de nulidad. Buenos Aires, 11 ti. ›kf-f¡-.....'›.-e. d.. ¿¡;/~_ Autos y Vistos:

En atención a lo solicitado a fs.

589/90 Y 597/98, teniendo en cuenta la labor desarrollada en la ejecución promovida a fs.

573 y 509; y de conformidad con lo dispuesto en los arts. incs. a, b, c y d; 40 Y concordante s de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432, se regulan los honorarios de los doctores G.H. De Sanctis, G.F.M. y J.M.D.'Angelo en las sumas de cincuenta y un mil pesos ($ 51.000), ochenta y cinco mil pesos ($ 85.000) Y ochenta y cinco mil pesos ($ 85.000), respectivamente.

Asimismo, por la tarea cumplida en la ejecución de honorarios deducida a fs.

475 y 511, Y de acuerdo con las normas precedentemente citadas, se fija la retribución de los doctores Justo A.S., G.F.M. y J.M.D.'Angelo en las sumas de dieciocho mil pesos ($ 18.000), treinta mil pesos ($ 30.000) Y treinta mil pesos ($ 30.000), respectivamente.

Por último, regúlanse los honorarios del doctor A.G.B., en la suma de sesenta y tres mil pesos ($ 63.000), por los trabajos realizados en la ejecución articulada

a fs.

517 (arts.

6', 7', 40 Y canes. de la ley citada).

Las retribuciones que anteceden no incluyen el impuesto al valor agregado, monto que ~en su casodeberá ser adicionado conforme a la subj eti va situación de los profesionales beneficiarios frente al citado tributo. r' ./

S. 856. XXXIX.

ORIGINARIO

S.L., Provincia de y otra el Consej o Vial Federal y otra si acción de nulidad.

DENCIA DEL SEDoR PRESIDENTE DOCTOR DON R.L.L. y DE LA SEDoRA VICEPRESIDENTA DOCTORA DoDA ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO Considerando:

Que los infrascriptos se remiten a los criterios expuestos en sus respectivas disidencias en la causa "Serenar G-s-:-3ZS: 1730 )--:--N..

R.;LUIS LORENZETTI

"-~""'.'" "'

D.O.

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