Disposición Nº 292/GCABA/DGSPR/13

FirmantesCocca
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2013

VISTO:

la Ley N° 1913 (B.O N° 2363) y el Decreto N° 446-GCBA/2006 (B.O N° 2436), la Ley

2854 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1913 y su decreto Reglamentario 446/2006 regulan la prestación de los

servicios de seguridad privada en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que la Ley 2854 crea el Registro Único de Técnicos/as Instaladores/as de Sistemas

de Vigilancia, Monitoreo y Alarma electrónica en el ámbito de la Dirección General de

Seguridad Privada dependiente de la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana,

Ministerio de Justicia y Seguridad del GCBA.

Que la Disposición Nro. 019-DGSPR/09 aprobó para los técnicos instaladores, los

cursos básicos de capacitación y formación, para los que se inician en la actividad, o

adiestramiento y formación, para quienes ya están desarrollando esa tarea.

Que en merito a lo expuesto corresponde establecer los mecanismos tendientes a la

implementación, ejecución y puesta en marcha del Registro Único de Técnicos/as

Instaladores/as de Sistemas de Vigilancia, Monitoreo y Alarma Electrónica.

Que asimismo, y teniendo en cuenta lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la

Disposición Nro. 182-DGSPR/09.

Por ello, de acuerdo a lo dispuesto por las Leyes y Decretos citados,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE

Artículo 1° Los Técnicos/as Instaladores /as de Sistemas de Vigilancia, Monitoreo y

Alarma Electrónica deberán inscribirse en el ámbito de la Dirección General de

Seguridad Privada dependiente de la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana,

Ministerio de Justicia y Seguridad; en el Registro Único de Técnicos Instaladores

creado por la Ley 2854, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo

5° del presente.

Articulo 2° La inscripción en el Registro referido en el artículo precedente tendrá una

vigencia de un año contado a partir de la fecha de registración. Luego de transcurrido

dicho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR