Resolución Nº 139/GCABA/SSHU/13
Firmantes | Cenzón |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Higiene Urbana |
Fecha de la disposición | 3 de Septiembre de 2013 |
VISTO:
El Decreto 1510/97, el Expediente N° 456940/2013 y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el visto tramita el reclamo incoado por el Sr. Marcos
Sacco Zeballos, Documento Nacional de Identidad N° 30.610.997.-
Que, a fs. 1 obra adjunta la Carta Documento N° 342486140, diligenciada por el
denunciante con fecha 04 de Febrero de 2013, en la cual se solicita el resarcimiento
económico por los daños ocasionados al vehículo marca Chevrolet Corsa, Modelo
2007, Dominio GKI 278, como consecuencia de la inundación que afectara al Barrio de
Nuñez el día 07 de Diciembre de 2012 en la intersección de las calles O´Higgins y
Juana Azurduy (O´Higgins N°3400), a raíz de intensas lluvias aquejaran a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Que mediante la Providencia obrante a fs. 11, el Presidente de la Junta Comunal N°
13 informa que el Subsidio por inundación previsto por la Ley N° 1575 no le
corresponde a Sr. Sacco Zeballos, toda vez que el mencionado vehículo se halla
radicado en la localidad de Olivos, conforme resulta de las constancias que se
adjuntan a fs. 9/10 (extraña jurisdicción para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
agregando que tal situación se encuentra específicamente excluida por el Art. 7 del
Decreto N° 664-GCABA-10, reglamentario de la citada normativa y que prevé: "Dejase
establecido que el otorgamiento del subsidio respecto de daños producidos a
automotores se limita a aquellos que se encuentren radicados en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.-
Que, el día 17 de Abril de 2013 en el trámite de mencionadas actuaciones, la Dirección
General de Sistema Pluvial remitió un informe manifestando que, el 07 de Diciembre
de 2012, no aconteció fenómeno climático alguno que afectara el ejido de la Ciudad de
Buenos Aires.-
Que, a fs. 16 la Procuración General ha tomado la intervención que le compete.
Que, de la presentación efectuada y constancias obrantes en las presentes
actuaciones, se desprende que el Sr. Sacco Zeballos no ha acreditado en el
expediente la titularidad sobre el rodado en cuestión.-
Que, asimismo, el peticionante no ha incoado fehacientemente el interés legítimo o
derecho...
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