Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Agosto de 2013, L. 780. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha27 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

~ L. 780. XLVIII. La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales sI pedido de quiebra por Creche, L. delC.. ~ de,;u dTe~4W"w 'oe,,, Aicee,JI j rt.,~,7. Vistos los autos:

"La Economia Comercial S.A. de Seguros Generales s/ pedido de quiebra por Creche, L. delC.".

Considerando:

Que el recurso extraordinario interpuesto por la peticionaria de quiebra a fs.

347/356 no cumple con los requisitos exigidos por el arto l° del reglamento aprobado por la acordada 4/07.

Que, por su parte, el recurso extraordinario interpuesto por la demandada de quiebra a fs.

330/344 no se dirige contra una resolución definitiva o equiparable a tal (art.

14 de la ley 48) .

Por ello, con los alcances indicados, se los desestima.

Con costas.

N. y, oportunamente, remítase.

Recurso extraordinario interpuesto por la Dra.

L. delC.C., le- trada en causa propia; y por La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales, representada por el Dr. G.E.S., con el patrocinio de la Dra.

Ga- briela A.C.. Traslados contestados por La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales, representada por el Dr. G.E.S., con el patrocinio de la Dra.

Ga- briela A.C.¡ y por Y.E.T., representada por la Dra.

L. del.CarmenC.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, S.A.T. que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de 1° Instancia en lo Comercial nO 13.

D.O.

00000001

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