Resolución Nº 3/GCABA/MJGGC/13
Firmantes | Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 7 de Enero de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea del Año XIII
RESOLUCIÓN N.° 3/MJGGC/13
Buenos Aires, 7 de enero de 2013
VISTO:
La Ley N° 70, los Decretos N° 1.000/99, N° 604/12, la Disposición N° 24/DGOGPP/11,
el Expediente N° 3.006.073/12, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y
proyectos, y sus superiores jerárquicos, deben redactar un informe final sobre su
gestión al dejar el cargo, prestando colaboración a quien legítimamente le sucede en
el mismo, siendo dicha tarea remunerada;
Que el Decreto N° 1.000/99, reglamentario de la Ley N° 70, en su artículo 14 dispone
que dicho informe será remunerado con un monto equivalente al del cargo que
ocupaban;
Que, a su vez, por Disposición N° 24/DGOGPP/11, se aprobaron los estándares
establecidos para la presentación de los informes finales de gestión;
Que por Decreto N° 604/12 se aceptó a partir del 01 de diciembre de 2012, la renuncia
presentada por el Ing. Darío Miguel Costa, D.N.I. 21.986.631, CUIL 20-21986631-4,
como Director General, de la Dirección General de Licencias de la Subsecretaría de
Transporte dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que el informe presentado por el mencionado funcionario se ajusta en un todo a los
requisitos de tiempo y de forma prescriptos por la normativa vigente en la materia;
Que en consecuencia corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la tarea
establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE
Darío Miguel.
Costa, D.N.I. 21.986.631, CUIL 20-21986631-4, como Director General de la Dirección
General de Licencias de la Subsecretaría de Transporte dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, por la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70, y
consecuentemente, abónese una retribución equivalente a la que percibía en virtud del
cargo en el que se le aceptara su renuncia, por el término de un (1) mes.
remítase copia...
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