Disposición Nº 9/GCABA/DGEMP/13
Firmantes | Dotto |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Empleo |
Fecha de la disposición | 4 de Enero de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea
del Año XIII
DISPOSICIÓN N.° 9/DGEMP/13
Buenos Aires, 4 de enero de 2013
VISTO:
el Expediente N° 2997850/2012 y la solicitud formulada por la empresa TELEFÓNICA
ON THE SPOT SERVICES S.A.U. SUCURSAL EN ARGENTINA, CUIT: 30-70983651-
6, con domicilio legal en PAVON 2444 de esta Ciudad; el Art. 52 de la Ley Nacional N°
20.744, la Ley N° 265; la Resolución N° 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la
Nación y el Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad; el
Convenio N° 50/2001 de Entendimiento y Acciones Conjuntas en materia de
Inspección de Trabajo y Fortalecimiento de la Autoridad Administrativa del Trabajo
entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos de la
Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Protocolo Adicional
al Convenio de Entendimiento y Acciones Conjuntas N° 01/2001; el Acuerdo N° 4/2003
de Prórroga de la Cláusula Segunda del Protocolo Adicional al Convenio N° 50/2001,
Decreto N° 660/11 y su modificatorio Decreto N° 236/12 y Decreto N° 724/2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente N° 2997850/2012, TELEFÓNICA ON THE SPOT
SERVICES S.A.U. SUCURSAL EN ARGENTINA (CUIT: 30-70983651-6), con
domicilio legal en PAVON N° 2444 de esta Ciudad, solicita la aprobación del sistema
de microfilmación para el libro de sueldos y jornales;
Que por el Art. 2° inc. d) de la Ley Nro. 265/GCBA, la autoridad de aplicación del
trabajo, tiene como función la rúbrica de documentación laboral;
Que por Resolución N° 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la Nación, se aprueba
el texto de Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad
(Anexo I);
Que a través del Convenio N° 50/2001 y el Protocolo Adicional N° 01/2001, se
determina que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asume las
funciones de rúbrica de documentación a partir del 1° de marzo de 2002;
Que el Acuerdo N° 04/2003 de Prórroga de la Cláusula Segunda del Protocolo
Adicional al Convenio N° 50/2001 establece que la rúbrica de documentación laboral
es asumida por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del 1° de
abril del año 2003;
Que mediante Decreto N° 236/GCABA/2012 se modifica la estructura organizativa del
Ministerio de...
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