Disposición Nº 9/GCABA/DGEMP/13

FirmantesDotto
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Empleo
Fecha de la disposición 4 de Enero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea

del Año XIII

DISPOSICIÓN N.° 9/DGEMP/13

Buenos Aires, 4 de enero de 2013

VISTO:

el Expediente N° 2997850/2012 y la solicitud formulada por la empresa TELEFÓNICA

ON THE SPOT SERVICES S.A.U. SUCURSAL EN ARGENTINA, CUIT: 30-70983651-

6, con domicilio legal en PAVON 2444 de esta Ciudad; el Art. 52 de la Ley Nacional N°

20.744, la Ley N° 265; la Resolución N° 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la

Nación y el Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad; el

Convenio N° 50/2001 de Entendimiento y Acciones Conjuntas en materia de

Inspección de Trabajo y Fortalecimiento de la Autoridad Administrativa del Trabajo

entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos de la

Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Protocolo Adicional

al Convenio de Entendimiento y Acciones Conjuntas N° 01/2001; el Acuerdo N° 4/2003

de Prórroga de la Cláusula Segunda del Protocolo Adicional al Convenio N° 50/2001,

Decreto N° 660/11 y su modificatorio Decreto N° 236/12 y Decreto N° 724/2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente N° 2997850/2012, TELEFÓNICA ON THE SPOT

SERVICES S.A.U. SUCURSAL EN ARGENTINA (CUIT: 30-70983651-6), con

domicilio legal en PAVON N° 2444 de esta Ciudad, solicita la aprobación del sistema

de microfilmación para el libro de sueldos y jornales;

Que por el Art. 2° inc. d) de la Ley Nro. 265/GCBA, la autoridad de aplicación del

trabajo, tiene como función la rúbrica de documentación laboral;

Que por Resolución N° 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la Nación, se aprueba

el texto de Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad

(Anexo I);

Que a través del Convenio N° 50/2001 y el Protocolo Adicional N° 01/2001, se

determina que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asume las

funciones de rúbrica de documentación a partir del 1° de marzo de 2002;

Que el Acuerdo N° 04/2003 de Prórroga de la Cláusula Segunda del Protocolo

Adicional al Convenio N° 50/2001 establece que la rúbrica de documentación laboral

es asumida por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del 1° de

abril del año 2003;

Que mediante Decreto N° 236/GCABA/2012 se modifica la estructura organizativa del

Ministerio de...

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