Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 16 de Julio de 2007, C. 518. XLIII

Fecha16 Julio 2007

"C., A. s/ infracción a la ley 23.737" ven/cas S.C. Comp. 518 L. XLIII Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e :

La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Tribunal de Menores n° 3, y el Juzgado Federal n° 3, ambos de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, debe ser resuelta de acuerdo con el criterio establecido por V.E. en la Competencia n° 660 L.XLII in re "C.J.C. s/ infracción a la ley 23.737" con fecha 20 de febrero de 2007.

Por las razones allí expuestas, a las que me remito en beneficio de la brevedad, entiendo que corresponde a la justicia local conocer en estas actuaciones.

Buenos Aires, 16 de julio de 2007.

E.E.C..

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