Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Octubre de 2006, D. 7. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 7. XLII.

RECURSO DE HECHO

D., E.M. s/ causa N° 13.481.

Buenos Aires, 31 de octubre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por E.M.D. en la causa D., E.M. s/ causa N° 13.481", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la presentación efectuada no configura una acción o recurso que, con arreglo a lo dispuesto en los arts.

116 y 117 de la Constitución Nacional y sus leyes reglamentarias, habilite la competencia ordinaria o extraordinaria de este Tribunal.

Por ello, se desestima la presentación interpuesta. N. y archívese. E.S.P. -E.I.

HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

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