Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Agosto de 2006, C. 287. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 287. XLII.

L., N.B. s/ malversación de caudales públicos.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 15 de agosto de 2006.

Autos y Vistos:

Por los fundamenos y conclusiones del dictamen del señor P.F. a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 18, deberá remitir la causa en la que se originó el presente incidente a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Provincia de Buenos Aires, con el fin de que se desinsacule el juzgado federal que deberá continuar con la investigación en las presentes actuaciones.

H. saber al Juzgado de Garantías N° 3 del Departamento Judicial de Lomas de Z.. E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

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