Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Junio de 2006, G. 1695. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 1695. XLI.

RECURSO DE HECHO

G.M., N.A. s/ abuso sexual agravado.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de junio de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor general de la Provincia del Chubut en la causa G.M., N.A. s/ abuso sexual agravado", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la cuestión planteada en el sub lite resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta en la causa S.1482.XLI "Salto, R.I. s/ abuso sexual agravado causa N° 117/04", sentencia del 7 de marzo de 2006, por lo que a fin de evitar reiteraciones innecesarias los infrascriptos dan por reproducidos los respectivos votos concurrentes que corresponden a dicho pronunciamiento, así como las remisiones que, en su caso, se efectuaron en dicho acuerdo.

Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento apelado. Vuelvan los autos al tribunal de origen con el fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Acumúlese la queja al principal. H. saber y devuélvase con copia del precedente citado y los fallos allí mencionados.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M.

ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por N.A.G.M., representado por el defensor general de la Provincia del Chubut, Dr. A.H.B.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Primera en lo Criminal de Comodoro Rivadavia

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