Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Febrero de 2006, S. 393. XXXVIII

Fecha14 Febrero 2006
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 393. X.S., F. c/ Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de febrero de 2006.

Vistos los autos: "S., F. c/ Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo".

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos, con exclusión de las citas de Fallos: 253:478 y 249:373 (confr. última parte del párrafo 11 del capítulo III), los fundamentos expues-tos por el señor P.F. en su dictamen, a los que cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, se declara admisible el recurso extraordinario y se revoca la sentencia, en lo que ha sido materia de agravios. Con costas. N. y, oportunamente, devuélvase.

E.S.P. (según su voto)- ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

VO

S. 393. X.S., F. c/ Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON E.S.P. Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos expuestos por el señor P.F. en su dictamen, a los que cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, se declara admisible el recurso extraordinario y se revoca la sentencia, en lo que ha sido materia de agravios. Con costas. N. y, oportunamente, devuélvase.

E.S.P..

Recurso extraordinario interpuesto por el Consejo Nacional del Menor y la Familia, representado por su letrado apoderado dr. G.R.S..

Traslado contestado por F.E.S., actor en autos, por su propio derecho, con el patrocinio letrado del dr. H.R.L..

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de Mercedes.

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