Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Marzo de 2004, Z. 167. XXXVIII
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
Z. 167. XXXVIII.
RECURSO DE HECHO
Z., E. s/ amenazas de muerte Ccausa N° 15.838C.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 9 de marzo de 2004.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de A.O.C. en la causa Z., E. s/ amenazas de muerte Ccausa N° 15.838C", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que esta Corte comparte y hace suyos los argumentos del dictamen del señor Procurador General a cuyos términos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.
Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada.
Agréguese la queja al principal y vuelvan los autos al tribunal de origen para que por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. H. saber y remítase. AUGUSTO CESAR BELLUSCIO (en disidencia)- CARLOS S.
FAYT - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI.
DISI
Z. 167. XXXVIII.
RECURSO DE HECHO
Z., E. s/ amenazas de muerte Ccausa N° 15.838C.
Corte Suprema de Justicia de la NaciónDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON AUGUSTO CESAR BELLUSCIO Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).
Por ello, y habiendo dictaminado el señor Procurador General, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art.
286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese, previa devolución de los autos principales. AUGUSTO CESAR BELLUSCIO.
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Noviembre de 2015, expediente Rp 112755
...“rechaz[ó] [e]l planteo de nulidad del auto de procesamiento dictado respecto del imputado”. En rigor, en esa causa identificada como Z.167.XXXVIII, el dictamen de la Procuración fechado el 10 de octubre de 2002 remitió al emitido el 9 de septiembre del mismo año en los autos Z.155.XXXVI, d......
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Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 10 de Noviembre de 2017, expediente FRO 021401/2015/6
...DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: R.F.A., SECRETARIO DE CAMARA #29908642#193350285#20171110152857766 “Z.”, Fallos 320:1504 y Z.167.XXXVIII), que mutatis mutandi son aplicables a este asunto. Hizo reserva del caso Argumenta que el fallo atacado posee fundamentación aparente y contra......
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