Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Julio de 2003, F. 353. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 353. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

F., Lola y otra c/ Banco de La Pampa y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 4 de julio de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el BBVA Banco Francés en la causa F., Lola y otra c/ Banco de La Pampa y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en atención a que el escrito de interposición de la queja ha sido presentado fuera del plazo correspondiente (arts. 158, 282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y constancias de fs.

57 vta. y 59 vta.), corresponde rechazar esta presentación directa.

Por ello, se rechaza el recurso de hecho planteado. N. y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

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