Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Febrero de 2001, M. 626. XXXIV
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
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626. XXXIV.
R.O.
Migueles, E. c/ ANSeS s/ jub. invalidez ley 24.241 (CMC).
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de febrero de 2001.
Vistos los autos: AMigueles, E. c/ ANSeS s/ jub. invalidez ley 24.241 (CMC)@.
Considerando:
Que la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y declaró que el peticionario se encontraba incapacitado en los términos de la ley 24.241, con costas a cargo de "La Buenos Aires New York Life Seguros de Vida S.A." por aplicación del art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Contra dicha decisión, la compañía aseguradora dedujo el recurso ordinario previsto en el art. 19 de la ley 24.463, el cual fue concedido a fs. 161.
Que atento a que los agravios sobre costas que la recurrente trae ante la Corte no conducen a decidir cuestiones que puedan comprometer el interés del Estado, resulta improcedente la apertura del recurso ordinario de apelación oportunamente concedido (conf. Fallos: 322:253; 323:566).
Por ello, se declara inadmisible la apelación de fs. 158.
Costas por su orden.
Practíquese la comunicación a la Procuración del Tesoro a los fines del art.
6° de la ley 25.344. N. y devuélvase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR (según su voto) - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOG- GIANO - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V. (en disidencia).
VO
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626. XXXIV.
R.O.
Migueles, E. c/ ANSeS s/ jub. invalidez ley 24.241 (CMC).
Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MOLINE O=CONNOR Considerando:
Que las cuestiones planteadas en el sub lite resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas por esta Corte en Fallos: 321:730, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad.
Por ello, se declara inadmisible el recurso interpuesto a fs.
158.
Costas por su orden.
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y devuélvase.
EDUARDO MOLINE O=CONNOR.
DISI
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626. XXXIV.
R.O.
Migueles, E. c/ ANSeS s/ jub. invalidez ley 24.241 (CMC).
Corte Suprema de Justicia de la NaciónDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON A.R.V. Considerando:
Que las cuestiones planteadas en el sub lite resultan sustancialmente análogas a las tratadas por esta Corte en Fallos: 323:566, voto en disidencia del juez V., a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad.
Por ello, se declara admisible la vía intentada por el recurrente, sigan los autos según su estado.
N..
A.R.V..
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Agosto de 2004, R. 606. XXXVI
...lo que el recurso ordinario resulta improcedente. Sobre este punto el juez V. remite a su disidencia en Fallos: 323:566 y en las causas M.626.XXXIV "Migueles, E. c/ ANSeS s/ jubilación por invalidez ley 24.241" del 20 de febrero de 2001 y A.87.XXXVII "A., Jacinto c/ INPS-Caja Nacional de Pr......
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Agosto de 2004, R. 606. XXXVI
...lo que el recurso ordinario resulta improcedente. Sobre este punto el juez V. remite a su disidencia en Fallos: 323:566 y en las causas M.626.XXXIV "Migueles, E. c/ ANSeS s/ jubilación por invalidez ley 24.241" del 20 de febrero de 2001 y A.87.XXXVII "A., Jacinto c/ INPS-Caja Nacional de Pr......