Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 2001, C. 862. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 862. XXXVI.

C., E.B. c/ Industrias Alimenticias COPISI S.A. p/ ordinario.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de febrero de 2001.

Vistos los autos: ACuellar, E.B. c/ Industrias Alimenticias COPISI S.A. p/ ordinario@.

Considerando:

Que las cuestiones planteadas en el sub examine guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa S.553.XXXI ASachilotto, A.O. c/R., E. y Sancor Cooperativa de Seguros@, sentencia del 27 de diciembre de 1996, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad.

Que el juez V. se remite a su voto en disidencia en la causa citada.

Por ello, por mayoría, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia con el alcance indicado. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo con arreglo al presente. G. copia del precedente a que se hace referencia.

N. y, oportunamente, remítase.

EDUARDO MOLINE O=CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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