Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Octubre de 2000, T. 130. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 130. XXXIV.

R.O.

Truden, Vekoslav c/ ANSeS s/ inconstitucionalidad - ley 24.463.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de octubre de 2000.

Vistos los autos: ATruden, Vekoslav c/ ANSeS s/ inconstitucionalidad - ley 24.463".

Considerando:

  1. ) Que contra el pronunciamiento de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que extendió la pauta de movilidad fijada por esta Corte en Fallos: 319:3241 a los haberes devengados con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley 24.463, el titular dedujo recurso ordinario que fue concedido y resulta formalmente admisible (art.

    19 ley 24.463).

  2. ) Que los agravios del apelante referentes al método de cálculo del haber inicial para el período posterior a la ley 23.928, remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la aclaratoria del fallo B.688.X. "Baudou, O.J. c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad" del 31 de agosto de 1999, a cuyas consideraciones en lo pertinente cabe remitirse por razón de brevedad.

  3. ) Que las objeciones relacionadas con el art. 55 de la ley 18.037 han sido tratados por este Tribunal en la causa A.403 XXXII "A.C., L.L.A. c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad", del 19 de agosto de 1999, cuyos fundamentos se dan por reproducidos por razón de brevedad.

    Por ello, se declara admisible el recurso ordinario de apelación y se revoca parcialmente la sentencia apelada, en cuanto al método de cálculo del haber inicial que deberá determinarse de acuerdo con las pautas fijadas en el precedente

    ABaudou@ citado. Costas en el orden causado (art. 21 de la ley 24.463). N. y devuélvase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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