Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Agosto de 2000, C. 782. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 782. XXXV.

La Caja Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. c/ Ferroexpreso Pampeano s/ cobro de sumas de dinero.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de agosto de 2000.

Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por el señor P.F., se declara que en la causa sub examine no existe un conflicto de competencia a resolver, por cuanto la Superintendencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ya ha establecido que el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 37 es el competente para seguir conociendo en ella.

Remítanse las actuaciones a este último tribunal y hágase saber lo resuelto al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 95 y a la Superintendencia de la Cámara Nacional de Apelaciones dicho fuero.

EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

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