Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Mayo de 1999, B. 279. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 279. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

Banco de la Nación Argentina c/ I.

B.M.

Argentina S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de mayo de 1999.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Banco de la Nación Argentina c/ I.B.M.

Argentina S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal -Sala V- confirmó la sentencia de primera instancia que había desestimado la homologación del acuerdo transaccional celebrado entre el Banco de la Nación Argentina y la empresa I.B.M. Argentina S.A.

Contra tal decisión la última de las nombradas interpuso el recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la presente queja.

Que en atención al alcance del pronunciamiento dictado en la fecha en el expte. B.278.XXXIV resulta inoficioso pronunciarse en la presente queja.

Por ello, se resuelve declarar inoficioso el tratamiento de la presente queja. R. el depósito de fs. 1. A. copia del pronunciamiento mencionado. N. y, oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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