Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Abril de 1999, C. 509. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 509. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

Cuenca, P.M. y otros s/ abuso de autoridad, privación ilegal de la libertad, violación reiterada calificada -Causa N° 23.027-.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 15 de abril de 1999.

Autos y Vistos; Considerando:

Que contra la providencia del señor secretario del Tribunal que desestimó el recurso de hecho por haber sido interpuesto fuera de término (fs. 77), los recurrentes interpusieron reposición con fundamento en lo dispuesto por los arts. 476, 477 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación y 280, 282, 285 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Que toda vez que los apelantes fueron notificados de la denegación del recurso extraordinario el 14 de septiembre de 1998 (fs. 60 vta.) y dedujeron queja ante esta Corte el 22 de septiembre a las 11.02 (fs. 76 vta.), al momento de esa presentación el plazo de gracia para la presentación del escrito había vencido al cumplirse las dos primeras horas de ese día, pues el tribunal que dictó el pronunciamiento impugnado tiene su sede en la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, razón por la cual no corresponde adicionar lapso alguno al previsto en el art. 282 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Por ello, se rechaza el recurso de reposición y se confirma la providencia de fs. 77, en cuanto declaró extemporáneo el recurso de queja deducido. N. y oportunamente, archívese.

JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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