Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Agosto de 1998, M. 531. XXXIII

Fecha20 Agosto 1998
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 531. XXXIII.

M.T.H.. S.A.I.C.A. (T.F.

10.395-I) c/ Dirección General Impositiva.

Buenos Aires, 20 de agosto de 1998.

Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs. 209/211 y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d; 7°, 9°, 14 y 22 de la ley 21.839 -modificada por la ley 24.432- se regulan los honorarios del doctor A.H.M.C. en la suma de mil cuatrocientos pesos ($ 1.400).

Que, con arreglo a lo decidido por este Tribunal en Fallos: 316:1533, a los honorarios precedentemente regulados deberá adicionarse el importe correspondiente al impuesto al valor agregado, encontrándose su pago a cargo de la parte condenada en costas -arts. 3°, inc. e y 5°, b de la ley 23.349, según el texto introducido por la ley 23.871-. N. y devuélvanse. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR