Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Marzo de 1998, M. 704. XXXIII

Fecha03 Marzo 1998
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 704. XXXIII.

RECURSO DE HECHO

M., R.E. y otros s/ infracción art. 6° ley 20.840 -causa n° 20.126-. Buenos Aires, 3 de marzo de 1998.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor de C.A.D. en la causa M., R.E. y otros s/ infracción art. 6° ley 20.840 -causa n° 20.126-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese.JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR -AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI- GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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