Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Abril de 1995, G. 131. XXXI
Fecha | 20 Abril 1995 |
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
G. 131. XXXI.
RECURSO DE HECHO
G., J. -10.185- I s/ resolución apelación D.G.I.
Buenos Aires, 20 de abril de 1995.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.G. en la causa G., J. -10.185- I s/ resolución apelación D.G.I.", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestima esta presentación directa y se dá por perdido el depósito. N. y archívese.
EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUSTAVO A. BOSSERT.
-
Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 23 de Octubre de 2018, expediente CIV 075482/2017/CA001
...que a fs. 99/102 impetran los actores en su condición de integrantes del Consorcio de Copropietarios del inmueble de la calle M. de G. 131, de esta Para así decidir, el sentenciante de grado ameritó que el pedido de los comuneros accionantes no cumple con la exigencia que establece el artíc......
-
Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 23 de Octubre de 2018, expediente CIV 075482/2017/CA001
...que a fs. 99/102 impetran los actores en su condición de integrantes del Consorcio de Copropietarios del inmueble de la calle M. de G. 131, de esta Para así decidir, el sentenciante de grado ameritó que el pedido de los comuneros accionantes no cumple con la exigencia que establece el artíc......