Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Marzo de 1995, B. 211. XXIX

Fecha28 Marzo 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 211. XXIX.

Banco Nacional de Desarrollo c/ Figueroa, J.O. s/ ejecución prendaria.

Buenos Aires, 28 de marzo de 1995.

Vistos los autos: "Banco Nacional de Desarrollo c/ Figueroa, J.O. s/ ejecución prendaria".

Considerando:

Que contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán que, al revocar el fallo de la instancia anterior, ordenó llevar adelante la ejecución de honorarios del letrado dependiente del Banco Nacional de Desarrollo contra el condenado en costas en la causa principal -expte. 1243-, esta parte interpuso el recurso extraordinario federal (fs. 387/404 vta.) que fue concedido a fs. 412.

Que las cuestiones traídas a conocimiento del Tribunal guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa B.768.XXVII "Banco Nacional de Desarrollo c/ G.A.C. s/ ejecución prendaria", fallada el 20 de diciembre de 1994, lo que habilita esta instancia de excepción en los términos de tal precedente, a cuyos argumentos corresponde remitir en lo pertinente por razones de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronun

ciamiento con arreglo a lo expresado. Notifíquese con copia del precedente citado y, oportunamente, remítase.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (h) - G.A.F.L. -G.A.B..

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