Sentencia de Sala II, 28 de Diciembre de 2011, expediente 31.335

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2011
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación Sala II – Causa n° 31.335

Blanco Seco, M.E. s/

aclaratoria

.

J.. Fed. n° 2 – S.. n° 4.

E.. n° 2096/95.

R.. n° 34.019

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2011.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Además de la falta de legitimación activa de la peticionante (vid.

decisión de esta Sala de fs. 5422), se observa que de la pieza citada no surgen –ni tampoco los argumentos de la solicitud demuestran- errores u omisiones susceptibles de aclaración en los términos del art. 126 del C.P.P.N., razones por las cuales corresponde y así SE

RESUELVE:

RECHAZAR la aclaratoria intentada por M.E.B.S. con el patrocinio letrado de los Dres. P.R.A.M., P.F.A.M. y N.C.C..

R. y devuélvase sin más trámite a la anterior instancia,

donde deberán efectuarse las notificaciones que pudieren corresponder.

Fdo: H.R.C.-M.I.-E.G.F..-

Ante mi: P.J.H.. Secretario de Cámara.-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR