la Añorada

Fecha de la disposición12 de Marzo de 2008

Comuníquese la constitución de una sociedad anónima conforme las siguientes previsiones: 1º) Socios: Manuel Williams Ropero, argentino, Documento Nacional de Identidad número 12.128.980, nacido el 7 de noviembre 1956, de 51 años de edad, de profesión Enólogo, casado en primeras nupcias, domiciliado en calle Parma 1695, casa 20 de la manzana L del Complejo Urbano Palmares, Gobernador Benegas, Godoy Cruz, Mendoza; y Nora Elisabeth Cappelloni, argentina, Documento Nacional de Identidad número 14.626.025, nacida el 1 de febrero de 1961, de 47 años de edad, de profesión Docente, casada en primeras nupcias, domiciliada en calle Parma 1695, casa 20 de la manzana L del Complejo Urbano Palmares, Gobernador Benegas, Godoy Cruz, Mendoza. 2º) Fecha: Se constituyó por escritura pública en fecha 06-03-2008, Nº 27, pasada ante el notario Carlos Alberto Vanella, Registro Nº 44 de Rivadavia, Mendoza. 3º) Denominación:BODEGAS Y VIÑEDOS LA AÑORADA S.A.. 4º) Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio legal en calle Maza Norte 3237, del distrito Gutiérrez, departamento de Maipú, Provincia de Mendoza, República Argentina. 5º) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la realización de las siguientes tareas ya sea realizadas por sí, asociadas a terceros o por cuenta y orden de terceras personas: A) Inversiones: Realizar inversiones en personas físicas y jurídicas constituidas conforme a las leyes vigentes. Realizar aportes e inversiones de capital en empresas o sociedades ya sean de origen nacional o extranjeras, estén o no radicadas en País, operaciones de préstamos con capitales propios, constitución y transferencia de hipotecas y prendas, warrants, todo tipo de obligaciones negociables y debentures. Participar como accionistas en sociedades constituidas o que se constituyan en el futuro con el objeto de administrar fondos de jubilaciones y pensiones según régimen de la Ley 24.241 o la reglamentación que en lo sucesivo se dicte. Recibir toda clase de préstamos sean éstos de origen nacional o extranjeros. Quedando expresamente exentas todas las operaciones comprendidas en la ley 21526, sus reformas y leyes que la reemplacen. B) Vitivinicultura: Explotación integral en todas las etapas de la producción, elaboración, industrialización y comercialización de uvas, pasas, vinos, mostos, destilados, vinagres y todo otro producto o subproducto derivado de la viticultura y de la vinicultura. C) Comerciales: Adquisición, venta, producción, elaboración, montaje, transformación...

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