26.255 - Compromiso Para elCambio S/personeria Juridico Politica - Carta Organica

Fecha de disposición28 Febrero 2007
Fecha de publicación28 Febrero 2007
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
Número de Gaceta31105

CLAUDIO CHAVEZ hace saber en cumplimiento de lo establecido en el art. 14 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298, que la agrupación política denominada PARTIDO DE LA PARTICIPACION CIUDADANA, se ha presentado ante esta sede judicial iniciando el trámite de reconocimiento de la personalidad jurídico-política como partido de distrito, en los términos del art. 7º de la Ley 23.298, bajo el nombre partidario, sigla, emblema y/o símbolo, que adoptó en fecha 29 de Diciembre de 2.006, en 'Expte. Nº 39 Partido de la Participación Ciudadana s/Presentación'.

En posadas, Misiones, a los veinte días del mes de Febrero del año dos mil siete.

Dr. EDUARDO JOSE BONETTO, Secretario Electoral Nacional, Distrito Misiones.

  1. 28/02/2007 Nº 538.736 v. 02/03/2007 PARTIDO 'COMPROMISO PARA EL CAMBIO' Distrito Provincia de San Juan ///JUAN, UNO DE FEBRERO DE DOS MIL SIETE.

    Y VISTOS: Para resolver en esta causa Nº 26.255, año 2.006, caratulada: Partido 'COMPROMISO PARA EL CAMBIO S/PERSONERIA JURIDICO POLITICA', de los que resulta que:

    A fs. 21, se presenta el señor Javier Alejandro CREA, invocando el carácter de apoderado del partido de autos, constituyendo domicilio legal, solicitando la personería jurídico política del partido de marras, en el distrito.

    A fs. 23, obra informe del Actuario en el que consta, que a los fines de obtener la personería jurídico política adjunta:Acta de Fundación y Constitución del Partido (fs.1/2), conteniendo las autoridades promotoras, nombre adoptado, sede partidaria y en la que se aprueba la Declaración de principios y Bases deAcción Política (fs. 3/6), Carta Orgánica Partidaria (fs.14/20) y Plataforma Electoral, dicha documentación se encuentra suscripta ante el Actuario. Asimismo, se informa, que no se acompañan los listados de adherentes, ni se adjunta descripción e ilustración de las siglas partidarias que contiene la referida Acta.

    A fs. 23 vta. el juzgado provee que previo a todo cumpla el presentante con lo normado por el art.

    7º inc. a) de la ley 23.298.

    A fs. 122, se presenta el apoderado partidario, acompañando listados de adherentes cuyas firmas se encuentran certificadas por Escribano Público, aclarando el nombre de la agrupación política y presentando la descripción del emblema que utilizará la misma.

    A fs. 125, obra nuevo informe del Actuario en el que consta que se ha procedido a verificar los listados de adherentes, arrojando un total de dos mil treinta y un (2.031) ciudadanos inscriptos como electores en el distrito.

    A fs. 147, corre glosado informe de la Excma.

    Cámara Nacional Electoral, referente a los distritos donde el partido de autos ha solicitado personería jurídico política.

    A fs. 176, consta publicación en el Boletín Oficial de la Nación, en cumplimiento al art. 14 de la Ley 23.298.

    A fs. 179, el Juzgado provee, que habiendo el partido de autos, dado cumplimiento a las normas legales que se citan, se designa la audiencia que dispone el art. 62 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, agregándose a fs. 180/235 las pertinentes notificaciones a los interesados que la referida ley requiere, obrando a fs. 236, el Acta respectiva.

    A fs. 252 se presenta, acompañando Acta que da cuenta de modificaciones practicadas por la Junta promotora, al Acta de Constitución y Carta Orgánica partidaria, que en los artículos que indica.

    Corrida vista al señor Fiscal Federal, la misma es evacuada a fs. 255, llamándose autos para resolver a fs. 256.

    Y CONSIDERANDO: Que la agrupación política solicitante de personería jurídico política, denominada Compromiso para el Cambio, ha reunido los recaudos exigidos por el art. 7 incs. a) al f) y h) de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (Ley 23.298 modificada por leyes Nros. 23476 y 25.600), desde que ha acompañado en legal forma (art. 61 ibidem), la documentación que a continuación se detalla: Acta de Fundación y Constitución conteniendo: el nombre, siglas, domicilio partidario, autoridades promotoras, apoderado, aprobación de Declaración de Principios, Bases de Acción Política, Carta Orgánica Partidaria (fs. 1/20 y fs. 252 vta.) y listados de adherentes, en número de dos mil treinta y uno (2.031). Cantidad que alcanza el mínimo establecido en el cuatro por mil del Registro Cívico del distrito, el que a la fecha arroja cuatrocientos treinta y dos mil novecientos quince (432.915) inscriptos (art. 7 inc.

  2. ley 23.298). De las citadas adhesiones, se acredita que la totalidad de las firmas están certificadas por Escribano Público (ver informe del Actuario a fs. 125), lo que está de acuerdo con lo requerido por el Tribunal, conforme lo establecido por la Cámara Nacional Electoral en Fallo Nº 3079/03.

    , en el modo, número y proporciones que se prescriben en el Título IV, Capítulo II, de la presente Carta Orgánica'. En este orden, deberán las autoridades promotoras a través del apoderado designado, acompañar texto ordenado de la referida Carta Orgánica, para su agregación en el expediente.

    En lo que respecta a las condiciones sustanciales que se requieren para la existencia de los partidos políticos, conforme lo determinado por el art.

    3º de la ley que rige en la materia, en el caso en estudio, del examen de la documentación acompañada, se constata que las disposiciones de las mismas, contemplan: la elección de autoridades...

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