Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Mayo de 2009, C. 1300. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1300. XLIV.

Compañía Italo Argentina de Comercio y Finanzas SA c/ E.N. M° J. DDHH Inspección Gral. de Justicia (Tasa Anual) s/ proceso de conocimiento.

Buenos Aires, 19 de mayo de 2009 Vistos los autos: "Compañía Italo Argentina de Comercio y Finanzas SA c/ E.N. M° J. DDHH Inspección Gral. de Justicia (Tasa Anual) s/ proceso de conocimiento".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima el recurso extraordinario. Con costas. N. y devuélvase. E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Interpuso recurso extraordinario: El Estado Nacional, representado por el Dr. A.A.M.A., con el patrocinio letrado del Dr. N.S.B..

Contestó el traslado: Compañía Italo Argentina de Comercio y Finanzas S.A., repre- sentada por la Dra. P.A.N..

Tribunal de origen: Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Contencioso Administrativo Federal n1 12.

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