Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Mayo de 2009, G. 5. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 5. XLV.

RECURSO DE HECHO

González, J.D. y otro c/ Gobierno de la Provincia y/u otros.

Buenos Aires, 5 de mayo de 2009 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por D.J.Á.C. y G.M.C. en la causa G., J.D. y otro c/ Gobierno de la Provincia y/u otros@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se la desestima. D. perdido el depósito de fs. 2. N. y, oportunamente, archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI (según su voto)- J.C.M. -E.R.Z..

VO

G. 5. XLV.

RECURSO DE HECHO

González, J.D. y otro c/ Gobierno de la Provincia y/u otros.

TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E.S.P. Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 2. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P..

Recurso de hecho interpuesto por los señores D.J.Á.C. y G.M.C., representados por la Dra. E.S.C. de A., con el patrocinio letrado de G.G. de M..

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Santiago del Estero.

1 temas prácticos
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR